Oscar Muñiz
“TODOS LOS FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES PUBLICOS ESTAN AL
SERVICIO DE LA NACION. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA TIENE LA MAS ALTA
JERARQUIA EN EL SERVICIO DE LA NACION Y, EN ESE ORDEN, LOS REPRESENTANTES AL
CONGRESO, MINISTROS DE ESTADO, MIEMBROS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEL
CONSEJO DE LA MAJISTRADURA, LOS MAJISTRADOS SUPREMOS, EL FISCAL DE LA NACION Y
EL DEFENSOR DEL PUEBLO, EN IGUAL CATEGORIA; Y LOS REPRESENTANTES DE ORGANISMOS
DESENTRALIZADOS Y ALCALDES, DE ACUERDO A LEY”. (Art. N° 39, Constitución Política
del Perú).
El hecho: El Tribunal Constitucional, nombro a jueces y fiscales
Según la Constitución, el Consejo Nacional de la
Magistratura, es el organismo que se encarga de la selección y nombramiento de
los jueces y fiscales, por ser un organismo independiente que se rige por su
Ley Orgánica (Artículos 150 y 154).
En el comunicado oficial del CNM queda explícitamente confirmado la voluntad
de llevar esta denuncia tanto al Congreso de la Republica – Sub Comisión de
Justicia como también ante el Fiscal de la Nación, además de solicitar al
Tribunal Constitucional la nulidad de la
resolución que genero dicho impase. Además señala el haber interferido con el
Poder Ejecutivo.
De las implicancias de este descredito, para el Tribunal
Constitucional queda claro que los responsables de la dación de dicha
resolución, tres de los miembros titulares del Tribunal Constitucional,
deberían esclarecer dicho acto e inmediatamente aplicar las medidas
sancionatorias respectivas.
Pongamos este caso en perspectiva. Ya no es suficiente con
los problemas que la ciudadanía se enfrenta diariamente, la falta de trabajo,
el estado de inseguridad ciudadana, los problemas sectoriales que enfrenta el
Ejecutivo, los graves problemas sociales y financieros en las Regiones, los
problemas de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, el problema del
narcotráfico y terrorismo, ahora se agrega a esta incompleta lista el problema
generado por el Tribunal Constitucional que a decir del titular del Consejo
Nacional de la Magistratura, es un golpe de Estado.
Se devela con este hecho la fragilidad de la legalidad en el
Perú, ratificándose una vez más la
proclividad, no solo de las autoridades, de utilizar la acción prepotente y
delincuencial del poder jurídico. La Constitución no deja dudas en que la jerarquía
y el orden institucional es la base de las garantías del estado de derecho en
donde nadie se erogua atribuciones adicionales donde no las tiene, pues de lo
contrario se fustiga dicho orden debilitando aun más el débil orden
constitucional.
No es suficiente decir que tal o cual resolución debe ser o
puede ser sustituida o anulada. De ninguna manera. Lo que se necesita son
sanciones a los funcionarios sea cual sea su nivel jerárquico. Poniendo en perspectiva,
se necesita sancionar a aquellos que infringieron la Ley, con el propósito de
que el Estado de Derecho no se desboque y sea tirado al tacho como lo que
sucedió el 5 de abril de 1992.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario